Plan Auto+ (Línea 2): Hasta 6.000 € para autónomos y una asignación presupuestaria al límite
El próximo 1 de octubre, a las 10:00 horas, se abrirá oficialmente el plazo para solicitar la Línea 2 del Plan Auto+. Esta ayuda está destinada a autónomos, microempresas y empresas.
Además, esta convocatoria incorpora una condición determinante. Permite solicitar la subvención para vehículos adquiridos y matriculados desde el 1 de enero de 2026. Por lo tanto, agrupa nueve meses acumulados de adquisiciones en una única línea de tramitación.
Cuantía de las ayudas según el perfil
Los importes máximos varían en función de la dimensión del negocio y la tipología del vehículo.
- Autónomos y microempresas: Hasta 6.000 euros para turismos. Asimismo, se eleva hasta los 7.500 euros para furgonetas con un peso máximo autorizado de hasta 3.500 kg.
- Resto de empresas: Hasta 4.500 euros para turismos y hasta 5.000 euros para furgonetas.
Análisis del presupuesto y saturación de la bolsa
El programa cuenta con una asignación de 42 millones de euros para empresas y 8 millones para autónomos. No obstante, el análisis de los microdatos de matriculación de la DGT revela una realidad preocupante. El volumen de turismos eléctricos ya adquiridos por empresas en lo que va de año podría igualar o superar la totalidad del presupuesto disponible.
Dado que la asignación de fondos se rige estrictamente por el orden cronológico de solicitud, las compras pasadas competirán directamente con las peticiones del primer día. En consecuencia, una vez agotado el crédito presupuestario, los expedientes restantes pasarán a una lista de espera. Esta dependerá exclusivamente de futuras renuncias o ampliaciones de presupuesto.
Requisitos y tramitación
Límites de adquisición: Cada autónomo puede solicitar la ayuda para un máximo de tres vehículos. Por su parte, el tope para las empresas se establece en diez unidades.
Topes de precio: Los turismos elegibles deben contar con un precio de factura que no supere los 45.000 euros (impuestos excluidos y tras aplicar descuentos comerciales). Sin embargo, existen excepciones homologadas para vehículos de ocho o nueve plazas.
Documentación esencial: Es imprescindible disponer con antelación de la firma electrónica, el certificado censal de la Agencia Tributaria, la factura y los justificantes bancarios.