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El Congreso de los Diputados ha aprobado recientemente una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, impulsada por el Partido Nacionalista Vasco (PNV). Actualmente, la propuesta está en manos del Senado, donde se espera su ratificación definitiva. Esta reforma busca transformar el panorama jurídico en los casos de ocupación ilegal de viviendas en España, un problema social en constante crecimiento.

Contexto de la ocupación en España

El fenómeno de la “okupación” ha crecido hasta convertirse en una preocupación significativa. Según datos recientes, a finales de 2023 había más de 15.000 viviendas ocupadas de forma ilegal. Para los propietarios, los procesos legales para recuperar sus inmuebles suelen ser largos y costosos, con desahucios que pueden tardar entre 4 y 9 meses en resolverse. Este escenario lleva a muchos dueños a situaciones de desesperación e impotencia.

¿Cómo se manejan actualmente los casos de okupación?

En la actualidad, el procedimiento de desalojo consta de cuatro fases principales:

  1. Requerimiento de pago o desalojo: El propietario solicita formalmente al inquilino que salde la deuda o abandone la vivienda.
  2. Demanda de desahucio: En caso de que el requerimiento no sea atendido, se presenta una demanda ante el juzgado correspondiente.
  3. Juicio de desahucio: Las partes presentan sus argumentos y pruebas, y el juez dicta sentencia.
  4. Lanzamiento: Si la sentencia favorece al propietario, se procede al desalojo.

Este procedimiento, aunque estructurado, resulta tedioso y lento, lo que ha generado una gran insatisfacción entre los afectados.

Principales novedades de la reforma

La reforma introduce modificaciones significativas en la Ley de Enjuiciamiento Civil. Entre ellas, destaca la inclusión de los delitos de allanamiento y usurpación en el sistema de juicios rápidos, reduciendo el tiempo de espera a un máximo de 15 días desde que el caso llega al juzgado. Esta agilización responde a la necesidad de ofrecer soluciones más eficientes a los propietarios.

Sin embargo, cabe señalar que, aunque el inicio del juicio será más rápido, el desalojo podría no ser inmediato, ya que los ocupantes tienen derecho a recurrir las decisiones judiciales, lo que podría extender el proceso en casos específicos.

Limitaciones y retos de la nueva normativa

Es importante subrayar que esta reforma no cubre todas las formas de ocupación. Los casos de “inquiokupación”, donde un inquilino deja de pagar el alquiler, pero permanece en la vivienda con el consentimiento inicial del propietario, quedan fuera del alcance de esta ley. Estos casos seguirán tramitándose por la vía civil, manteniéndose como procesos más largos y complejos.

Un aspecto que ha generado debate es el tratamiento de los desalojos en situaciones donde hay menores implicados. Con la nueva normativa, la presencia de niños ya no impedirá que se recurra al procedimiento expedito, lo que podría generar controversia desde una perspectiva social y de derechos humanos.

Próximos pasos en la lucha contra la okupación

Aunque esta reforma supone un avance significativo, queda pendiente abordar el tiempo de ejecución de las órdenes de desalojo. En países como Dinamarca o Alemania, los desalojos se efectúan de manera inmediata, un modelo que podría inspirar futuras reformas en España.

En Gestoría Pallares, estaremos atentos a los desarrollos legislativos y a las implicaciones prácticas de esta reforma, así como a las posibles adaptaciones que podrían surgir en el marco jurídico español.

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