La campaña de la Renta 2024 ya está en marcha, y como cada año, viene acompañada de una serie de actualizaciones fiscales que afectan directamente a autónomos, emprendedores y empresarios en su declaración. Desde Gestoría Pallarés te explicamos las principales novedades y te damos algunos consejos útiles para que prepares tu declaración con tranquilidad y sin sorpresas.
📅 ¿Cuándo empieza y termina la campaña?
La campaña del IRPF correspondiente al ejercicio 2024 comenzó el 2 de abril de 2025 y finaliza el 30 de junio. Es un periodo clave para revisar tus ingresos, deducciones y posibles beneficios fiscales.
🔄 Nuevas opciones para pagar tu declaración
Este año, como novedad, Hacienda permite realizar el pago del IRPF a través de Bizum, una opción ágil y cómoda que se suma a las formas habituales como la domiciliación bancaria, el ingreso en cuenta o el pago en oficina. Eso sí, cada entidad financiera tiene sus propios límites operativos, por lo que conviene consultarlos antes.
🏠 Reducción de rendimientos por alquiler de viviendas
Se mantiene la deducción del 60% sobre los beneficios obtenidos por contratos de arrendamiento firmados antes del 26 de mayo de 2023. Para contratos posteriores, la reducción baja al 50%. Además, se aplican bonificaciones especiales para alquileres sociales:
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90% en zonas tensionadas con reducción de renta.
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70% en primeros arrendamientos o alquiler institucional.
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60% en viviendas rehabilitadas recientemente.
💡 Atención a los pagos digitales y plataformas online
La Agencia Tributaria intensifica el control sobre operaciones en plataformas como Wallapop, Vinted, Airbnb, así como sobre pagos recurrentes realizados por Bizum. Si has recibido ingresos por estas vías, asegúrate de tener documentación que los respalde y, si corresponde, inclúyelos en tu declaración para evitar sanciones.
💳 Criptomonedas: ahora sí, toca declararlas
Si has realizado operaciones con criptomonedas durante el ejercicio fiscal (compra, venta, intercambio o staking), estás obligado a declararlas como ganancias o pérdidas patrimoniales. Hacienda ha reforzado su supervisión sobre estos activos, por lo que omitirlos en tu declaración puede implicar sanciones.
🚗 Deducciones por la compra de vehículos eléctricos
Se incorpora una nueva deducción del 15% sobre el valor de compra de vehículos eléctricos, hasta un máximo de 20.000 euros. Además, si instalas puntos de recarga en tu vivienda habitual, podrás deducirte otro 15% con una base máxima de 4.000 euros anuales.
🏘️ Obras para mejorar la eficiencia energética de tu vivienda
Las actuaciones de mejora energética siguen dando derecho a deducciones del 20% al 60%, dependiendo del grado de mejora conseguido en la eficiencia de la vivienda habitual (calificación energética o reducción del consumo de calefacción y refrigeración).
❤️ Aumentan las deducciones por donativos
Este año, se incrementan las ventajas fiscales por donaciones a ONGs y entidades sin ánimo de lucro:
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80% de deducción para los primeros 250 € donados (antes 150 €).
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40% para la parte que exceda de 250 € (antes 35%).
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45% si es una donación recurrente superior a 250 € (antes 40%).
📤 Autoliquidaciones rectificativas: corrige tu declaración más fácilmente
El modelo 100 del IRPF incorpora dos nuevas casillas (669 y 701) que permiten rectificar errores o manifestar disconformidad con la liquidación. Una forma más ágil y accesible para corregir la declaración sin necesidad de realizar trámites complejos.
💳 ¿No puedes pagar todo de una vez? Puedes fraccionarlo
Si tu declaración resulta a pagar, puedes dividir el pago en dos plazos: un 60% en el momento de presentarla y el 40% restante en noviembre. Esta opción puede ser especialmente útil para quienes tienen que hacer frente a grandes cantidades.
📌 ¿Tienes dudas? En Gestoría Pallarés te ayudamos
Sabemos que hacer la declaración puede resultar complejo, sobre todo si eres autónomo o tienes varias fuentes de ingresos. En Gestoría Pallarés te ofrecemos un servicio personalizado y profesional, para que presentes tu Renta de forma segura y sin errores.
📞 Contáctanos y te asesoramos en todo el proceso.
También puedes acceder a la página de la agencia tributaria para resolver tus dudas: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/Renta.html
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