986 118 345 · ✉ pallares@gestores.net → Horario semanal de lunes a viernes de 08:30h a 15:30h

Recupera lo que es legítimamente tuyo: Devolución de Cotizaciones a Mutualidades Laborales hasta 1978

En febrero pasado, el Tribunal Supremo emitió la Sentencia 707/2023, reconociendo el derecho de muchos pensionistas a recuperar parte del dinero que declararon entre el 1 de enero de 1967 y el 31 de diciembre de 1978. Esta sentencia permite a quienes cotizaron en las antiguas mutuas laborales hasta 1978 reclamar a la Agencia Tributaria una devolución por esas cotizaciones.

La explicación radica en que mientras las cotizaciones a la Seguridad Social, creada en 1967, fueron consideradas un gasto deducible en el impuesto sobre la renta, las cuotas de las mutualidades tributaban al 100%, creando un desequilibrio fiscal entre ambos perfiles de trabajadores.

Este derecho se reconoce desde febrero pasado, permitiendo a los mutualistas recuperar lo tributado demás durante los periodos impositivos no prescritos, es decir, durante los últimos cuatro años.

¿Cómo calcular la cantidad a devolver? La sentencia establece una reducción fiscal del 100 % por lo cotizado hasta el 31 de diciembre de 1966 y del 25 % por lo cotizado entre el 1 de enero de 1967 y el 31 de diciembre de 1978. Las cantidades a recuperar varían según la vida laboral y las circunstancias personales de cada contribuyente, oscilando entre 2.400 y 3.000 euros por el período solicitado.

Si cotizaste en mutuas laborales antes de 1978, ¡puedes reclamar lo que es legítimamente tuyo! En nuestra gestoría, estamos listos para ayudarte en este proceso. Contáctanos para más información y para comenzar tu reclamación.

Confía en Gestoría Administrativa Pallarés, ¡tu aliado en cuestiones legales y fiscales! 📞💼

#DevoluciónCotizaciones #TribunalSupremo #DerechosPensionistas #GestoríaPallarés #AsesoríaLegal #ReclamaciónFiscal

Avda. Florida, 59 Entlo. OF. 11 Vigo
Tlf: 986 118 345/ 46/48
Móvil: 601 11 00 75
pallares@gestores.net

http://gestoriapallares.com

Ir al contenido