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El Boletín Oficial del Estado publicó el pasado 5 de octubre de 2026 la Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre, que regula el funcionamiento de la solución pública de facturación electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

Esta normativa supone un nuevo paso hacia la digitalización de la facturación empresarial y desarrolla el sistema de facturación electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales establecido por el Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo.

¿A quién afecta esta nueva obligación?

Con carácter general, afectará a los autónomos, empresarios, sociedades y profesionales que deban emitir facturas por operaciones realizadas con otros empresarios o profesionales establecidos en España, de acuerdo con el ámbito de aplicación y las excepciones previstas en la normativa.

Por tanto, la obligación se centra fundamentalmente en las operaciones entre empresas y profesionales (B2B), sin extenderse de forma general a todas las facturas emitidas a consumidores particulares.

¿Cuándo será obligatoria la factura electrónica?

La publicación de esta orden permite concretar los plazos de implantación:

  • 6 de octubre de 2027: empresarios y profesionales cuyo volumen de operaciones haya superado los 8 millones de euros en el año natural anterior.
  • 6 de octubre de 2028: resto de empresarios, autónomos y profesionales obligados.

La entrada en vigor de la orden, el 6 de octubre de 2026, no significa que todos los negocios tengan que comenzar a emitir inmediatamente facturas electrónicas.

Hacienda ofrecerá una plataforma pública gratuita

Una de las novedades más importantes es la regulación de una plataforma de facturación electrónica gestionada por la Agencia Tributaria.

Esta herramienta permitirá:

  • Emitir facturas electrónicas mediante un formulario.
  • Recibir y consultar facturas electrónicas.
  • Facilitar el intercambio de facturas entre empresas y profesionales.
  • Comunicar determinados estados de las facturas y su pago.
  • Consultar y descargar información de facturación.

El acceso a la solución pública y la utilización de sus servicios serán gratuitos.

No obstante, las empresas podrán seguir utilizando programas privados de facturación, siempre que cumplan los requisitos legales y técnicos correspondientes.

Nuevas obligaciones para los autónomos y empresas

La factura electrónica no supondrá únicamente sustituir el papel por un archivo digital.

El nuevo sistema exigirá, según los casos, emitir y recibir facturas electrónicas estructuradas, garantizar su intercambio y comunicar información relativa a su estado y pago.

Las plataformas privadas deberán remitir a la solución pública una copia electrónica fiel de las facturas correspondientes, de acuerdo con las condiciones establecidas legalmente.

Además, se contemplan obligaciones de comunicación sobre pagos y rechazos de facturas, con el objetivo de mejorar el control de los plazos de pago y reducir la morosidad comercial.

Para determinados autónomos personas físicas y entidades en atribución de rentas con volumen de operaciones no superior a 8 millones de euros, la normativa contempla un periodo adicional de adaptación a las obligaciones de comunicación de estados de las facturas.

¿Es lo mismo la factura electrónica que VERI*FACTU?

No. Son dos obligaciones diferentes, aunque relacionadas con la digitalización de la facturación.

VERI*FACTU se refiere a los requisitos que deben cumplir determinados sistemas informáticos de facturación para garantizar la integridad, conservación y trazabilidad de sus registros.

La factura electrónica obligatoria regula principalmente el formato y el intercambio electrónico de facturas entre empresarios y profesionales, además de determinadas comunicaciones sobre su estado y pago.

Por tanto, es importante comprobar ambas normativas al elegir un programa de facturación.

¿Qué deben hacer ahora los autónomos y empresas?

Aunque los plazos de aplicación son progresivos, resulta recomendable anticipar la adaptación.

Los negocios deberán revisar su sistema actual de facturación, comprobar si los programas utilizados cumplen los requisitos exigidos y valorar si les interesa utilizar la plataforma gratuita de Hacienda o una solución privada.

También será importante organizar correctamente la recepción de facturas de proveedores y el seguimiento de cobros y pagos.

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